
Los entendidos de la materia y teóricos del Derecho podemos estar de acuerdo que una de las herramientas de jerarquía legal es la Pirámide de Kelsen, en la cual nosotros podemos ver reflejada la importancia que cada elemento puede tener en el campo legal, desde la teoría hasta la práctica y litigio.
Partiendo de este punto nosotros podemos empezar a retomar dos elementos presentes en esta pirámide los cuales son: La Constitución y Los Tratados Internacionales.
La constitución es el cuerpo normativo supremo dentro de los Estados Unidos Mexicanos, por ello ninguna norma puede tener mayor jerarquía que ella.
Por su parte los tratados internacionales son resultados de acuerdos generados entre naciones para poder lograr o fomentar un contexto en común dentro de su territorio en tal o cual determinado tema, pues existen diversos tratados internacionales diferentes entre sí.
Una vez aclarado lo anterior podemos comenzar a desglosar la respuesta de ¿Cómo todo lo anterior se relaciona con los derechos humanos? y a su vez, ¿Como la impartición de Justicia se ve inmersa en el campo de los derechos humanos?
Respecto a la primera pregunta es algo en concreto lo que nos interesa. Dada la reforma que se dio en materia de Derecho Humanos ahora los tratados internacionales que fueron firmados por México y otros países en conjunto tienen la misma jerarquía normativa que la constitución.
¿Qué? ¿Tratados internacionales en la misma jerarquía que la Constitución? ¿Y el orden impuesto en la Pirámide de Kelsen?
Tranquilos, Kelsen puede seguir tranquilo pues su pirámide sigue siendo adecuada en aplicación a pesar de esta reforma.
Y la explicación es la siguiente.
Como ya habíamos comentado la reforma que se dio en materia de Derechos humanos dio paso a diversos cambios. Como el Derecho penal atiende a cualidades específicas como la justicia que se imparte en los tribunales así como la forma y los principios en base a los que son tratadas las personas que se encuentran en investigación de un derecho con apariencia de delito, o que ya están sentenciadas por la comisión de un delito se requería de una urgente condición en el proceso penal: la consideración de los derechos humanos de cada una de las partes involucradas, en especial, la víctima, ofendidos y el victimario u agresor.
Por ellos se instauran los principios básicos en atención a estas, uno de ellos entre los cuales se encuentran el de presunción de inocencia, la disminución del uso de la prisión preventiva y la búsqueda de la reparación del daño provocado a la víctima por parte del agresor.
Una vez explicado esto, nosotros podemos entender que el hecho que de la constitución y los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos estén en la misma jerarquía es porque se defiende en el campo de aplicación legal la idea de que todas las personas que se vean en la necesidad de acudir ante un tribunal o institución a tramitar un proceso , deben de gozar de todas las protecciones que la constitución y los tratados internacionales en materia de derechos humanos puede brindarles, sin distinción de ninguna clase.
En cuanto a la segunda interrogante es más que claro que las partes relacionadas en el proceso buscan la satisfacción de sus pretensiones o el acceso de sus excepciones y por ello se debe buscar que todas ellas tengan un seno seguro y libre donde puedan coexistir y en conjunto lograr un acuerdo en el que estén conformes los sujetos.
La importancia de los derechos humanos en materia penal ha ido en aumento pues ahora se requiere más que nunca conocer de ellos para poder alzar la voz cuando alguno de nuestros derechos sea vulnerado o cuando el de alguien más lo sea.
Y aunque este nuevo sistema no tiene tanto tiempo en funcionamiento ha comenzado a verse un fruto que podrá crecer si nosotros utilizamos los mecanismos que implementa adecuadamente.
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